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Nueve personas de Chacabuco y Junín fueron condenados por delitos cometidos en el IOMA
Nueve personas que años atrás estuvieron vinculadas al IOMA, la mayoría de Chacabuco, recibieron distintas condenas por negociaciones incompatibles con la función pública, en un juicio abreviado que se realizó recientemente. Entre ellos se encuentran al menos cuatro médicos de esa ciudad y de Junín. Las penas recibidas son de ejecución condicional, además de la inhabilitación para el ejercicio de la función pública. El hecho de que se hayan dispuesto en un juicio abreviado conlleva que los imputados habrían aceptado su culpabilidad.
Por: radio sobrenivel
Nueve personas de Chacabuco y Junín fueron condenados por delitos cometidos en el IOMA

La información que trascendió durante el fin de semana indica que la investigación abarcó el período comprendido entre los años 2011 y 2015 y tuvo epicentro en la delegación Junín de la obra social provincial. Por aquellos años, funcionó una empresa de salud, llamada Hestia SRL, que brindaba al IOMA distintas prestaciones, entre ellas las internaciones domiciliarias.


Captaban pacientes para Hestia


En un artículo publicado por el medio Junín 24 se consignó que varios de los imputados eran funcionarios del IOMA y estaban relacionados con Hestia,  por lo que captaban pacientes afiliados a la obra social en perjuicio de empresas competidoras. En el acta del juicio abreviado que se acordó, que incluye diálogos transcriptos de comunicaciones telefónicas, lo que se hacía era aprovechar contactos internos con IOMA Central a la hora de conseguir las autorizaciones para la realización de las prestaciones, así como la liquidación posterior de los pagos.


La investigación se vino desarrollando desde 2016 y las condenadas que se aplicaron fueron distintas según el grado de responsabilidad de los acusados.


El primero que figura en la lista es Eugenio Eduardo Pirani, domiciliado en Junín, el cual, además de haber sido dirigente del gremio UPCN, habría sido delegado en el IOMA. La pena que recibió es de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos, pues se lo considera autor penalmente responsable de la comisión del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.


Una pena menor, de dos años y medio, recibió el médico Oscar Mario Zazzali, de Chacabuco, a quien también se lo considera autor del delito. Como Pirani, recibió una inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.


Gustavo Crivella, que al parecer se desempeñaba como médico auditor, recibió dos años de prisión de ejecución condicional y costas e inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.


Una pena similar recibió Mario César Villanueva, exsecretario de Salud de Chacabuco, que también se de-sempeñó en el IOMA Junín. En su caso, no fue considerado autor penalmente responsable sino partícipe necesario del delito.


También fueron condenados como partícipes necesarios, no como autores, Pablo Sebastián Schumann, Miriam Elisabet Gómez (que sería la pareja de Pirani), el médico de Chacabuco José Luis Carlisi, Patricia Blaiotta (pareja de Zazzali) y Jorge Antonio Pesce, que era auditor odontólogo del IOMA Junín.


Schumann y Gómez recibieron dos años de prisión condicional, Carlisi un año y medio, y Blaiotta y Pesce un año. Además, casi todos ellos fueron inhabilitados para ocupar cargos públicos.


Pueden seguir cumpliendo funciones


Sobre esto último debe hacerse una aclaración: durante la audiencia en la que se realizó el juicio abreviado se acordó que la pena aplicada de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, que está prevista por el artículo 265 del Código Penal, ‘ no afecta el cargo y/o función que los imputados desempeñen en la actualidad, sean estos electivos y/o por designación administrativa hasta que cesen en los mismos’.


‘La inhabilitación corresponderá a todo cargo o función pública (electivo y/o por designación administrativa) al que pretenda accederse luego de firmar la presente’, se expresó. Además, se recalcó que ‘la inhabilitación especial absoluta comprende, lógicamente, la de ejercer cargos públicos en la obra social IOMA, que fue utilizada para desplegar sus conductas ilícitas’.


‘Es una salvedad que no debe tener reparos en las partes, porque actualmente ninguno de ellos ejercen cargos públicos designados en la obra social IOMA’, se agregó.


En la sentencia también se estableció que, en todos los casos, los condenados deberán fijar residencia, la cual no podrán modificar sin previo aviso al órgano encargado de la ejecución, así como someterse al cuidado del Patronato de Liberados Bonaerense, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y no consumir sustancias estupefacientes.


En la audiencia los imputados estuvieron representados por el abogado Darío De Ciervo, de Junín, salvo en el caso de Zazzali y Blaiotta, que fueron asistidos legalmente por los letrados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, de Buenos Aires.


La etapa de instrucción del caso del IOMA Junín terminó allá por finales de octubre de 2018. En aquel momento, el fiscal Pedernera, junto a sus colegas Vanina Lisazo y Mirta Monclá solicitaron la elevación a juicio.


Además, en aquel momento, el fiscal Pedernera ordenó desdoblar las actuaciones ya que, en relación a este caso, también se llevaba adelante una investigación por enriquecimiento ilícito.



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